Conforme art. 36 de la ley de contratación de viajes Enjoy Paradise está asegurada por De Europese N.V., Tweekerkenstraat 14 en 1000 Bruselas en caso de insolvencia financiera, para poder seguir cumpliendo sus obligaciones respecto al viajero.
Artículo 1: Ámbito de aplicación
Estas Condiciones Generales se aplican a los contratos de organización y mediación de viajes recogidos en la ley de 16 de febrero de 1994 (B.S. de 1 de abril de 1994) para la regulación de Contratos de Organización y Mediación de Viajes (ley de contratación de viajes).
Artículo 2: Promociones y ofertas
§1 Los datos incluidos en el folleto o catálogo de viajes vinculan a la organización de viajes que ha publicado el folleto, a menos que:
a) las modificaciones, en estos datos sean comunicadas al viajero de manera clara, por escrito y antes de la celebración del contrato;
b) se hayan realizado cambios posteriores como consecuencia de un acuerdo escrito entre las partes del contrato.
§2 El organizador de viajes puede verse obligado a cancelar una determinada oferta de forma temporal o permanente.
§3 La oferta incluida en el folleto es válida hasta su agotamiento.
Artículo 3: Información del organizador y/o mediador de viajes
El organizador y/o mediador de viajes está(n) obligado(s) a:
§1 compartirla por escrito con el viajero antes de que se celebre el contrato de organización o mediación de viajes
a) la información general respecto a pasaportes y visados y las formalidades sanitarias necesarias para el viaje y la estancia, a fin de que los viajeros puedan tramitar los documentos necesarios. Los viajeros de nacionalidad no belga pueden acudir a las autoridades competentes para informarse sobre las formalidades que deben cumplir;
b) información sobre la contratación y el contenido de un seguro de anulación y/o asistencia.
§2 finalmente, siete días hábiles antes de la salida, suministrar al viajero los siguientes datos:
a) horarios, paradas y enlaces así como, si es posible, la plaza a ocupar por el viajero;
b) nombre, dirección y número de teléfono y fax de la representación local del organizador y/o mediador de viajes, o en su caso de los organismos locales que puedan asistir al viajero en caso de dificultades, o bien directamente el mediador o el organizador de viajes;
c) para el viaje y estancia de menores en el extranjero, la información que posibilite el contacto directo con el niño o con la persona responsable del menor en el lugar.
El plazo de siete días hábiles mencionado en el apartado anterior no se aplica en caso de celebración tardía del contrato.
Artículo 4: Información del viajero
El viajero debe facilitar al organizador y/o mediador de viajes todos los datos necesarios que se le pidan expresamente. Si el viajero facilita datos erróneos que comporten gastos adicionales para el organizador y/o mediador de viajes, debe abonar esos gastos.
Artículo 5: Formación del contrato
§1 Durante la reserva del viaje el mediador de viajes o la organización de viajes obligado a entregar al viajero un comprobante de la reserva según la ley.
§2 El contrato de organización de viajes toma curso en el momento en que el viajero, ya sea con la intervención del mediador de viajes, recibe la confirmación escrita del viaje reservado por parte de la organización de viajes.
§3 Si el contenido del comprobante de la reserva se diferencia del de la confirmación del viaje o si la confirmación no tiene lugar dentro de los 21 días siguientes a la firma del comprobante de la reserva, el viajero debe dar por supuesto que el viaje no fue reservado y tiene derecho al reintegro inmediato de todos los importes pagados.
Artículo 6: Precio del viaje
§1 El precio convenido en el contrato está fijado e incluye todos los servicios obligatorios salvo error material manifiesto.
§2 El precio convenido en el contrato puede subir o bajar hasta 21 días hábiles previos a la fecha de salida, mientras que esta revisión sea el resultado de una modificación en:
a) el tipo de cambio aplicado al viaje y/o
b) los gastos de transporte, que incluyen el precio del combustible y/o
c) de los pagos e impuestos correspondientes a determinados servicios.
Si el aumento supera el 10% del precio total, el viajero podrá rescindir el contrato sin indemnización. En ese caso el viajero tiene derecho al reintegro inmediato de todos los importes pagados al organizador de viajes. La revisión del precio se aplica de manera proporcional a la parte del viaje sujeta a revisión.
§3 Los precios están calculados en base a las tarifas y tipos de cambio para la estancia y otros servicios en el extranjero vigentes en 01/10/2002; en las tarifas de transporte publicadas en 01/10/2002, y en especial en el precio del combustible para el transporte por vuelo chárter, publicado a mediados del mes de enero.
Artículo 7: Pago del importe del viaje
§1 Salvo en caso de alquiler o si se acuerda expresamente lo contrario, el viajero paga, a la firma del comprobante de la reserva, el 25% del importe total por adelantado, con un mínimo de 150€.
§2 Salvo si en el comprobante de la reserva se acuerda lo contrario, el viajero paga el saldo a más tardar 1 mes antes de la fecha de salida, con la condición de que reciba antes o simultáneamente la confirmación escrita del viaje y/o los documentos del viaje.
§3 Si el viajero hace la reserva menos de 1 mes antes de la fecha de salida, debe pagar el importe total inmediatamente.
Artículo 8: Transferibilidad de la reserva
§1 El viajero puede, antes del inicio del viaje, ceder su viaje a un tercero, que deberá cumplir todas las condiciones del contrato de organización de viaje. El cedente debe avisar con tiempo antes de la salida al organizador de viajes, y en su caso, al mediador de viajes, de esta cesión.
Artículo 9: Otras modificaciones por parte del viajero
Si el viajero solicita otra modificación, el organizador y/o mediador de viajes podrá(n) cargarle todos los gastos derivados.
Artículo 10: Modificaciones por parte del organizador de viajes antes de la salida
§1 Si, antes del inicio del viaje, uno de los puntos esenciales del contrato no puede ser ejecutado, el organizador de viajes deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del viajero, y en todo caso antes de la salida, debe informarle de la posibilidad de anular el contrato sin gastos, siempre que acepte la modificación sugerida por el organizador de viajes.
§2 El viajero debe informar lo antes posible de su decisión, y en todo caso antes de la salida, al mediador de viajes o al organizador de viajes.
§3 Si el viajero acepta la modificación, hay que redactar un nuevo contato o un anexo al contrato inicial donde se mencionen las modificaciones realizadas y su incidencia en el precio.
§4 Si el viajero no acepta la modificación, podrá solicitar la aplicación del artículo 11.
Artículo 11: Anulación por parte del organizador de viajes antes de la salida
§1 Si el organizador de viajes, antes del inicio del viaje, rescinde el contrato por cualquier motivo que no sea imputable al viajero, el viajero puede escoger entre:
a) o bien aceptar una nueva oferta para un viaje de calidad equivalente o superior, sin tener que abonar un suplemento. Si el viaje alternativo ofrecido fuera de calidad inferior, el organizador de viajes deberá reembolsar la diferencia de precio lo antes posible.
b) o bien el reintegro inmediato de todos los importes abonados con arreglo al contrato.
§2 El viajero puede además, en su caso, reclamar una indemnización por la no ejecución del contrato, a menos que
a) el organizador de viajes cancele el viaje debido a que el número mínimo de viajeros, previsto en el contrato y necesario para la ejecución del viaje, no se hubiera alcanzado y el viajero, sea informado por escrito dentro del plazo previsto en el contrato y como mínimo 15 días hábiles antes de la salida.
b) la cancelación se debiera a motivos de fuerza mayor, salvo en los supuestos de exceso de reservas. Se entiende por fuerza mayor aquellas circunstancias anormales e imprevisibles ajenas a quien las invoca y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
Artículo 12: No ejecución total o parcial del viaje
§1 Si durante el viaje el organizador no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las medidas necesarias para ofrecer al viajero alternativas adecuadas sin coste alguno con el objetivo de continuar el viaje.
§2 Si hubiera alguna diferencia entre los servicios previstos y los prestados, el organizador compensará al viajero por la diferencia.
§3 Si tales soluciones fueran inviables o si el viajero no aceptase estas alternativas por motivos razonables, el organizador deberá facilitarle un medio de transporte equivalente para regresar al lugar de salida, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.
Artículo 13: Anulación por parte del viajero
El viajero podrá en todo momento rescindir el contrato de manera total o parcial. Si el viajero resuelve el contrato por cualquier motivo imputable a sí mismo, deberá indemnizar al organizador y mediador de viajes como consecuencia de la anulación. La indemnización se determinará a tanto alzado siendo el máximo el importe total del viaje.
Artículo 14: Responsabilidad del organizador de viajes
§1 El organizador de viajes es responsable de la correcta ejecución del contrato, respondiendo a las expectativas razonables que el viajero pueda tener del organizador de acuerdo a las disposiciones del contrato, y de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios y sin perjuicio del derecho del organizador de viajes a actuar contra dichos prestadores de servicios.
§2 El organizador de viajes es tan responsable de los actos y negligencias de sus agentes y representantes, causados durante el ejercicio de su función, como de los suyos propios.
§3 En caso de que un convenio internacional sea de aplicación en alguno de los servicios incluidos en el contrato, la responsabilidad del organizador de viajes quedará limitada con arreglo a lo previsto en tal convención.
§4 En la medida en que el organizador de viajes no preste él mismo los servicios previstos en el contrato, su responsabilidad por daños materiales y la compensación de los daños al compañero de viaje se limitarán al doble del importe del viaje.
§5 Para los demás casos se aplican los artículos 18 y 19 de la ley mencionada en el artículo 1.
Artículo 15: Responsabilidad del viajero
El viajero es responsable del perjuicio causado al organizador y/o mediador de viajes, su personal o sus representantes por su falta o debido a la no ejecución de sus obligaciones contractuales. La falta se considerará de acuerdo a los informes del comportamiento normal de un viajero.
Artículo 16: Reclamaciones
§1 Antes de la salida: las reclamaciones previas a la ejecución del contrato, deben ser presentadas lo antes posible por el viajero ante el mediador o al organizador de viajes mediante correo certificado o acuse de recibo.
§2 Durante el viaje: las reclamaciones durante la ejecución del contrato deben ser presentadas in situ lo antes posible, de una manera apropiada y con fuerza probatoria, por el viajero a fin de que se puedan tomas las medidas pertinentes. Para ello deberá dirigirse - en el orden siguiente - a un representante del organizador de viajes, o a un representante del mediador de viajes o directamente al mediador, o por último directamente al organizador de viajes.
§3 Después del viaje: en caso de que una reclamación no fuera solucionada in situ de manera satisfactoria o de que el viajero no pudiera presentar una reclamación in situ, éste podrá interponer la reclamación durante el plazo máximo de un mes tras el fin del contrato de viaje ante el mediador o ante el organizador de viajes mediante correo certificado o acuse de recibo.
Artículo 17: Comisión de Litigios de Viajes
§1 Se habla de "litigio" cuando una reclamación no puede ser solucionada con una negociación amistosa, o no ha sido solucionada en el plazo de los 4 meses siguientes al fin del contrato de viajes, o siguientes a la fecha de salida prevista, si el contrato nunca ha sido ejecutado.
§2 Cada litigio surgido tras la celebración de un contrato de viajes, entendido según el artículo 1 de las presentes Condiciones Generales, relativo a este contrato y que se refiere al viajero, será exclusivamente tratado por la Comisión de Litigios de Viajes, salvo litigios relativos a daños corporales.
§3 El procedimiento y la decisión obedecerán al Reglamento de Litigios y a las leyes del Código Judicial en materia de arbitraje (art. 1676 hasta 1723 inclusive). La decisión es vinculante para ambas partes, sin posibilidad de recurso. Para el procedimiento del litigio se pedirá un importe fijado por la Comisión de Litigios.
§4 La utilización de estas Condiciones Generales implica la aceptación de todas las reglas y resoluciones fijadas por la Comisión de Litigios de Viajes ONL en especial el Reglamento de Litigios.
§5 la dirección de la Comisión de Litigios de Viajes ONL es E. Jacqmainlaan 154 - 1210 Bruselas.
CONDICIONES DE VIAJE ESPECIALES DE ENJOY PARADISE (A1329)
Artículo 1: Precios
No incluyen: Gastos de pasaporte, visados, vacunas, seguros, todos los gastos personales, propinas y excursiones que no están mencionadas expresamente como incluidas.
Gastos derivados de retrasos en el transporte como consecuencia de circunstancias meteorológicas, averías, huelgas, guerra, cambios de horario o de medio de transporte. Los precios facilitados telefónicamente por los servicios de reservas están aún sometidos a revisión. Sólo son válidos los precios confirmados por escrito.
Artículo 2: Formalidades
§1 El viajero debe informarse respecto a las formalidades a cumplir indicadas en el folleto o catálogo o comunicadas por parte del mediador de viajes.
§2 Los niños deben disponer de una tarjeta de identidad con foto. Los niños que no vayan acompañados por sus padres deberán presentar un documento legalizado por las autoridades en el que sus padres les autoricen a viajar solos y donde se mencionen las fechas de llegada y de salida del país correspondiente, así como la dirección del lugar de vacaciones y su dirección en Bélgica.
§3 Las mascotas pueden viajar bajo condiciones determinadas siempre que se tengan en cuenta las normas específicas del organizador de viajes. En todo caso deben tener la vacunación en regla. El organizador de viajes no asume ninguna responsabilidad en caso de posibles daños ni en caso de dificultades derivadas de viajar con animales.
Artículo 3: Equipaje
En caso de pérdida o deterioro de equipaje, el viajero debe acudir al mostrador de "Equipaje perdido" del aeropuerto y rellenar un "Informe de Irregularidad de Equipaje" (PIR). Sin este documento no será posible obtener una compensación. En caso de transporte por autocar deberá solicitar un informe a la azafata.
Artículo 4: Horarios
§1 Los horarios mencionados son indicativos. El viajero debe tener en cuenta en todo momento que éstos pueden modificarse tanto antes como durante el viaje.
§2 Este folleto se redactó según los datos que nos facilitaron hasta seis meses previos a su publicación. En caso de haber modificaciones en la explotación, facilidades y servicios de los productos ofrecidos éstas serán inmediatamente comunicadas al mediador de viajes por parte del organizador de viajes.
§3 Las prestaciones del organizador de viajes empiezan y acaban en el lugar de salida.
Artículo 5: Anulación y modificaciones por parte del viajero
§1 En caso de anulación el viajero estará obligado en cualquier caso a abonar las compensaciones mencionadas a continuación,
incluso si la anulación se debe a casualidad o a fuerza mayor.
§2 Los gastos de anulación varían según el momento de la anulación.
La fecha exacta de la anulación es determinada exclusivamente por la fecha de su recepción por parte del organizador de viajes.
Todos los importes mencionados son por persona.
§3 ITINERARIOS & ESTANCIA EN HOTEL
hasta 15 días antes de la salida: 70%
hasta 8 días antes de la salida: 85%
menos de 8 días antes de la salida: 100%
TODOS LOS CRUCEROS* & PAQUETES DE CRUCEROS*
hasta 90 días antes de la salida: 20%
hasta 60 días antes de la salida: 30%
hasta 30 días antes de la salida: 50%
hasta 15 días antes de la salida: 65%
menos de 15 días antes de la salida: 100%
* Excepto Crystal Cruises, Cunard, Disney Cruises, Holland America Line,
Norwegian Cruise Line, Oceania, Regent Seven Seas, Seabourn, Seadream, Silversea, Windstar Cruises
Consulte las condiciones de anulación al hacer la reserva
§4 Las modificaciones efectuadas en un viaje reservado serán aceptadas siempre que se abonen los gastos siguientes, además del ajuste de precio correspondiente. P.ej. hasta 30 días antes de la salida: 65€ por persona; menos de 30 días antes de la salida: 125€ por persona.
Artículo 6: Responsabilidad
§1 El organizador de viajes no se hace responsable de sucesos imprevistos, como nuevas normativas o reglamentos, accidentes, averías mecánicas, epidemias, guerra, etc…, ejemplos cuya enumeración no está limitada, de modo que los gastos adicionales de estancia o de transporte derivados corren a cargo del viajero.
Artículo 7: Reclamaciones
§1 Hay un formulario de "aviso de reclamación" disponible in situ en la oficina del representante local.
§2 El equivalente de los servicios no recibidos sólo será reembolsado siempre que se presente un certificado escrito procedente del prestador de alojamiento en cuestión y donde se mencionen claramente los servicios que el viajero no ha recibido.
§3 En caso de posibles litigios que no puedan ser solucionados con la mediación de la Comisión de Litigios de Viajes, éstos sólo competen al Tribunal de Amberes.